La Audiencia de Valencia declaró probado que el acusado dispuso del dinero de la víctima, que se hallaba ingresada en una residencia, en beneficio propio entre los años 2013 y 2019

La Audiencia concluyó que el acusado utilizó los fondos de la víctima, quien estaba ingresada en una residencia, en su propio beneficio durante el período comprendido entre 2013 y 2019. Esto se llevó a cabo a través de retiros en cajeros automáticos, transferencias bancarias y pagos con tarjetas de crédito.
La situación fue informada a un juzgado de Primera Instancia en octubre de 2018 por una trabajadora social y la gerente de la residencia. Como resultado, el juzgado revocó el cargo de tutor del acusado sobre su hermana unos meses después.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJCV ha rechazado el recurso de apelación presentado por el acusado y ha confirmado la sentencia del tribunal de primera instancia. Considera que la valoración de la evidencia y las consecuencias legales derivadas de los hechos probados son correctas.
La sentencia de apelación puede ser impugnada ante el Tribunal Supremo.